Análisis de la nueva legislación sobre cierre de centrales eléctricas

Hace más de 70 años que se tomaron las primeras fotografías de la Tierra desde el espacio y más de 50 desde la luna. Estos hechos cambiaron nuestra forma de ver el planeta. A pesar de los años transcurridos, las generaciones del presente nos enfrentamos a retos medioambientales sin precedentes: cambio climático, pérdida de biodiversidad, contaminación de mares y océanos y de cursos de agua dulce, entre otros.

Para hacer frente a la degradación que sufre el estado de nuestro planeta, desde mediados del siglo XX se fueron adoptando una serie de convenios internacionales, así como declaraciones que se han ido incorporando en los ordenamientos jurídicos nacionales y de organizaciones supranacionales, tales como la Unión Europea. A pesar de ello, la degradación continúa porque aún existen lagunas y porque, además, hay un déficit en la implementación de esas normas. Para facilitar la aplicación de los acuerdos multilaterales, conocidos como Amumas, un grupo de académicos y el Club de Juristes, propusieron en 2017 el denominado Pacto Mundial por el Medio Ambiente.

Esta propuesta impulsa que se adopte un tratado internacional vinculante para recoger los principios fundamentales del derecho internacional del medio ambiente tales como los de precaución y prevención; desarrollo sostenible y de acceso a la información, participación pública y a la justicia en materia ambiental. Asimismo, impulsa el reconocimiento, por primera vez en un tratado internacional, del derecho fundamental a un medio ambiente adecuado o sano.

Dicha iniciativa fue apoyada por el presidente francés, Macron. Y como resultado, en mayo de 2018, la Asamblea General de las Naciones Unidas estableció en su resolución 72/277 el proceso Hacia un Pacto Mundial por el Medio Ambiente para identificar, considerar y debatir posibles lagunas en el derecho internacional. En el texto se pedía al secretario general de las Naciones Unidas que elaborara un informe sobre dichas lagunas que se presentó en noviembre de 2018. Asimismo, se estableció un grupo de trabajo especial para examinarla y considerar opciones para abordar las posibles lagunas y si lo estimara necesario; el alcance, los parámetros y la viabilidad de un texto internacional, para formular recomendaciones a la Asamblea General sobre la conveniencia de aprobarlo. Este grupo de trabajo especial se ha reunido en dos ocasiones y este lunes inicia en Nairobi su tercera reunión.

De los dos últimos encuentros parece emerger cierto consenso sobre la necesidad de hacer más por la protección del medio ambiente, con la excepción de algunos países como Brasil, Estados Unidos y Rusia, entre otros. A la vista del texto sobre 1,5 grados del Panel Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático, los resultados del sexto Informe de Perspectivas del Medio Ambiente Mundial (GEO 6) realizado por el PNUMA y presentado en marzo de 2019 y el reciente informe de la Plataforma Intergubernamental Científico-normativa sobre Diversidad Biológica y Servicios de los Ecosistemas es evidente que estamos ante una situación de emergencia de escala planetaria. Es algo que ya han declarado diversos parlamentos en relación con el cambio climático, y que ya tenemos todo el conocimiento necesario, por lo que toca actuar sin dilación.

Por ello, la adopción de un Pacto Mundial por el Medio Ambiente que se propone ofrecer garantías y fuerza suficiente para poder reclamar ante los tribunales nacionales la aplicación de los más de 500 acuerdos multilaterales medioambientales existentes en la actualidad, crear condiciones iguales y de certeza y seguridad jurídica para el sector privado y servir de apoyo al trabajo de la judicatura en defensa del medio ambiente es fundamental.

Hay que destacar que la inclusión del derecho fundamental a un medio ambiente adecuado es un gran paso. No obstante, habrá que asegurarse de que, si las negociaciones terminan con éxito, un futuro Pacto Mundial por el Medio Ambiente se base en el mejor conocimiento científico disponible sobre el funcionamiento del sistema terrestre, es decir, de los conocidos como límites del planeta. Recordemos que estos identifican nueve procesos esenciales para describirlos: el cambio climático, los cambios en la integridad de la biosfera, la reducción de la capa de ozono, la acidificación de los océanos, los flujos bioquímicos de los ciclos del fósforo y nitrógeno, el cambio de uso del suelo, el uso del agua dulce, la carga de aerosoles en la atmósfera y la introducción de nuevos entes. Si los límites son sobrepasados, el riesgo de que dicho sistema sea expulsado del campo de la estabilidad que caracteriza el Holoceno aumenta de forma dramática.

En consecuencia, la identificación y evaluación de las posibles lagunas del derecho internacional tienen que realizarse considerando el contexto presente de cambio global que se está produciendo en el Antropoceno. Por ello, la iniciativa de consolidar los principios de derecho internacional del medio ambiente ya existentes, convirtiéndolos en vinculantes jurídicamente, si bien es positiva y necesaria, también debe impulsar el cambio de paradigma para revertir la senda actual de destrucción del sistema terrestre. Por ello, el Pacto Mundial por el Medio Ambiente representa una gran oportunidad para que el derecho ofrezca soluciones para custodiarlo.

*Publicado originalmente en Planeta Futuro de El País

Ana Barreira

Ana Barreira es directora y abogada del Instituto Internacional de Derecho y Medio Ambiente (IIDMA). LL.M en Estudios Jurídicos Internacionales (New York University) y en Derecho Ambiental (London University).