- Nuevo informe de IIDMA analiza la eficacia del marco jurídico español para garantizar el aprovechamiento sostenible de la biomasa forestal y revela carencias en el régimen de control de algunas CC. AA.
- Identifica 58 plantas de generación eléctrica con biomasa sólida (41 operativas y 17 en fase de proyecto) alrededor de 11 CC. AA
Madrid, 16 de marzo de 2021.- España debe reforzar su marco jurídico para garantizar que el aumento de la demanda de biomasa forestal para aprovechamiento energético que prevé el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima 2021-2030 (PNIEC) se realice bajo estrictos criterios de sostenibilidad, evitar deficiencias en el régimen de control de los aprovechamientos de biomasa forestal residual a nivel autonómico, y aumentar la transparencia y el acceso a la información sobre el abastecimiento sostenible de la biomasa y su uso energético en el sector eléctrico.
El Instituto Internacional de Derecho y Medio Ambiente (IIDMA) ha presentado su informe “Biomasa forestal: Régimen jurídico de su aprovechamiento energético en España”, en el que analiza el contexto de la biomasa en el sector eléctrico español y el marco normativo europeo que rige su desarrollo, así como la legislación forestal que regula los aprovechamientos maderables y leñosos de biomasa forestal a nivel estatal y en 11 CC. AA con presencia de plantas de generación eléctrica, y proporciona una serie de recomendaciones.
La descarbonización del sistema energético a través del abastecimiento sostenible de energías renovables es fundamental para alcanzar la neutralidad climática en 2050. No obstante, el informe incide en que el aprovechamiento energético de la biomasa forestal solo debe permitirse bajo estrictos criterios de gestión forestal sostenible que garanticen el correcto manejo y protección de los bosques; un ecosistema terrestre de crucial importancia en la lucha contra dos de las principales amenazas del siglo XXI: el cambio climático y la pérdida de biodiversidad. Para alcanzar este objetivo en España, IIDMA destaca el papel fundamental de las CC. AA al ser las competentes y principales responsables de regular y controlar, en montes de su territorio, los aprovechamientos forestales maderables y leñosos entre los que se incluye la biomasa forestal, debiendo asegurar su producción sostenible bien sea a través de cortas de arbolado como del aprovechamiento de biomasa residual (restos de cortas, podas, desbroces y otros trabajos silvícolas sobre terreno forestal).
La biomasa en el Sistema Eléctrico Español
En España, la energía de la biomasa todavía ocupa un papel residual en el mix energético, representando a finales de 2019 menos del 1,1% del total de la potencia nacional eléctrica instalada. Según el PNIEC 2021-2030 la biomasa puede desempeñar un rol de acompañamiento en el proceso de transición energética, al prever una potencia total instalada de 1.408 MW en 2030 que, comparado con los 613 MW en 2020, supone un aumento de 795 MW adicionales en los próximos diez años, lo que indudablemente aumentará la demanda de recursos de biomasa de origen forestal y agrícola.
Para afrontar este desarrollo a 2030, el PNIEC estima que en España existen recursos disponibles suficientes según datos del anterior Plan de Energías Renovables (PER 2011-2020), que IIDMA considera desactualizados. Además, como ha advertido la Comisión Europea (CE) y pese a ser una exigencia del Reglamento de Gobernanza de la Unión de la Energía, el plan español no contiene información sobre el abastecimiento sostenible de la biomasa atendiendo a la oferta existente (por materia prima y origen), ni tampoco incluye una evaluación de la fuente (nacional y/o de importación) del recurso, desconociéndose la cantidad de combustible que se prevé obtener a partir de biomasa forestal residual y/o de cultivos forestales energéticos.
El informe identifica 58 plantas de biomasa sólida para generación eléctrica (41 en funcionamiento y 17 en fase de proyecto) con una potencia eléctrica instalada de entre 1-50 MW distribuidas en 11 CC. AA: Andalucía, Aragón, el Principado de Asturias, Cantabria, Castilla La Mancha, Castilla y León, Cataluña, Extremadura, Galicia, Navarra y País Vasco. De ellas, Andalucía, Castilla La Mancha y Galicia son las regiones que acogen el mayor número de instalaciones operativas en la actualidad, y Aragón y Asturias las que presentan un mayor número de proyectos de biomasa para generación eléctrica a futuro. Si bien una gran mayoría emplea biomasa forestal residual y, en algunos casos, procedente de cultivos forestales energéticos, con carácter general, se desconoce el origen geográfico del combustible de biomasa empleado.
Asimismo, al comparar la legislación forestal de las 11 CC. AA, el informe de IIDMA evidencia diferencias significativas en el nivel de control administrativo de los aprovechamientos de biomasa forestal entre regiones. Según los resultados, Andalucía, Aragón, Castilla y León, Castilla La Mancha, Extremadura, Navarra y el País Vasco (provincias de Álava y Gipuzkoa) cuentan con un marco normativo en materia forestal más riguroso y que ofrece mayores garantías de gestión sostenible de la biomasa, incluida la de origen residual. Por el contrario, el informe evidencia un sistema de control más deficiente, aunque en diferente medida, en las CC. AA de Asturias, Cantabria, Cataluña y País Vasco (Vizcaya), en las que solo se realiza un control de las cortas de arbolado, pero se omite el control de la biomasa residual.
El contexto europeo
Consciente de la importancia de atenuar los riesgos climáticos y ambientales asociados al sector de la bioenergía, la Directiva europea de Energías Renovables, vigente desde diciembre de 2018, exige el cumplimiento de nuevos criterios de sostenibilidad para garantizar que el uso energético de la biomasa forestal no derive de una producción no sostenible. Estos nuevos criterios serán obligatorios, con independencia del origen geográfico de la biomasa, para que la electricidad generada a partir de su combustión pueda contribuir al objetivo renovable a 2030 de la UE y España (32% y 42%, respectivamente) así como para optar por ayudas financieras al consumo de combustibles de biomasa en los términos de la Directiva.
El plazo máximo para la transponer la Directiva y cumplir con los criterios de sostenibilidad por los Estados miembros, incluido España, es el próximo 30 de junio de 2021, fecha en que se prevé que la CE finalice el proceso de revisión al que está sometido la Directiva en la actualidad y que podría conllevar una modificación de los actuales criterios de sostenibilidad.
“El aumento de demanda de biomasa forestal para uso energético que prevé el PNIEC a 2030 debe ir asociado a una producción verdaderamente sostenible, por lo que es de vital importancia que la Comisión Europea adopte, cuanto antes, una postura clara acerca del reforzamiento de los actuales criterios de sostenibilidad de la biomasa en el sector de la electricidad y desarrolle con urgencia orientaciones operativas que arrojen claridad sobre su implementación por parte de los Estados miembros”, afirma Alba Iranzo, abogada ambiental de IIDMA.
Recomendaciones de IIDMA
Entre sus recomendaciones, tras identificar determinadas deficiencias y vacíos normativos a nivel autonómico, IIDMA considera necesario reconsiderar la eficacia del actual régimen administrativo de intervención y control del aprovechamiento de la biomasa forestal, sobre todo la de tipo residual, en ciertas CC. AA si se quiere garantizar con éxito su producción sostenible durante los próximos diez años. En algunas regiones las condiciones para realizar aprovechamientos de biomasa forestal son más rigurosas que en otras, incluso con notables diferencias en sus procedimientos de control.
En particular, se recomienda reforzar la legislación forestal en las CC. AA de Asturias, Galicia y Cantabria para que, entre otros, se garantice un control y aprovechamiento sostenible de la biomasa residual.
Además, ante la ausencia de un marco jurídico estable que regule el aprovechamiento energético de la biomasa forestal, y atendiendo a los nuevos criterios europeos de sostenibilidad para la biomasa, IIDMA destaca que España debe hacer efectiva la transposición de la Directiva de Energías Renovables antes del 1 de julio de 2021. Para ello es esencial que la CE adopte lo antes posible una postura clara acerca de estos criterios en el marco del actual proceso de revisión de la Directiva y desarrolle orientaciones operativas que sirvan de guía para su implementación a nivel nacional.
Por último, ante la falta de transparencia en la información y datos actualizados sobre la disponibilidad y el abastecimiento sostenible de la biomasa forestal y la existencia de cultivos forestales energéticos, es necesario mejorar la calidad y accesibilidad de los datos tanto a nivel estatal como autonómico.